jueves, 24 de marzo de 2016

“NO queremos antenas de telefonía cerca de nuestros hogares”
Con un rechazo absoluto se han pronunciado los residentes de los Álamos y Los Ángeles ante la pretensión de ubicar una estación de telecomunicaciones inalámbricas en el sector.
  • Los argumentos son múltiples y van desde el derecho a un ambiente sano, a la salud, la vida digna, integridad física, afectación visual y arquitectónica del barrio, hasta la no discriminación.
El proyecto de instalar dicha estación pertenece a la empresa Torres Unidas, quien argumenta “la necesidad de proveer un área con servicio de telefonía celular inalámbrica o mejorar la calidad del servicio existente”. Sin embargo, miembros de la comunidad, aseguran que a pocos metros del lugar ya existe una torre de telefonía celular y por consiguiente no van a permitir que se instale otra en el corazón de sus hogares, en una terraza contigua a casas habitadas por ancianos y niños; deteriorando el aspecto del lugar y exponiendo la salud de las personas.
Tal es el caso de la señora Yolanda Hernández de Jara, de 78 años, a quien hace 8 le practicaron una cirugía de corazón abierto y ha recibido tratamientos con medicina nuclear para regular la tiroides. “La mayoría de los que vivimos en el sector somos personas mayores, con enfermedades coronarias, que llegamos al barrio hace más de 40 años. No estamos de acuerdo con esa instalación porque vemos amenazada nuestra salud y no queremos llegar a tomar medidas como recurrir a la justicia a través de acciones de tutela o tener que irnos del barrio donde hemos vivido toda nuestra vida”,  afirmó.
Además, muy cerca de la terraza escogida para la construcción de la estación, funcionan cuatro jardines infantiles, de los cuales dos de ellos pertenecen al ICBF.
 “Con todo el cariño le digo esas personas que piensan alquilar su terraza para construir la estación y que además están recién llegadas al barrio: Nadie nos puede violar nuestros derechos. Deben considerar que no viven solos, que están alrededor de muchas familias. Exigimos respeto por los que estamos alrededor y habitamos el barrio hace mucho años”, dijo Yolanda.

Autoridades Vs comunidad
Aunque las autoridades en la materia afirmen que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, las ondas emitidas por dichas estaciones no perjudican la salud humana, los residentes citan la sentencia T-1077/12 de diciembre de 2012, emitida por la Corte Constitucional en la que se ordena a Telefónica Telecom S.A. E.S.P. desmontar una estación en Fresno –Tolima, por encontrarse a 41 metros de la residencia de una menor con cáncer. Y al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones le indica que, “en aplicación del principio de precaución, regule la distancia prudente entre las torres de telefonía móvil y las viviendas, instituciones educativas, hospitales y hogares geriátricos”. En el texto de la misma sentencia se expone el caso de un grupo de 31 científicos de 14 países, que mediante un Comunicado de Prensa clasifican los campos electromagnéticos de radiofrecuencia como posiblemente carcinógenos para los humanos.
Y así, existen otras sentencias de la Como la de la Corte Suprema de octubre de 2015, la cual fue emitida en respuesta a una acción de tutela interpuesta por una mujer de 54 años que padece de cáncer. La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, a cargo de la magistrada ponente Margarita Cabello Blanco, ordenó retirar una antena de telefonía móvil localizada a 40 metros de su casa.
Para la Corte Suprema, “la exposición a la radiación electromagnética que puede producir la antena de telefonía móvil le conlleva riesgo, no obstante la inexistencia de estudios científicos al respecto, de sufrir una afectación grave en su salud, dado su padecimiento, por lo que, de materializarse el peligro, las consecuencias serían irreparables”. Además, la Corte señala que “cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no podrá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces”.
En la tutela, la paciente argumentó que se le estaban vulnerando el derecho a un ambiente sano y los principios de precaución. Además, que la antena fue instalada “sin autorización de una autoridad competente y sin consulta previa con la comunidad”.

La empresa responde
El Hormiguero contactó a la empresa Torres Unidas, gestora del proyecto de instalación de la estación de telecomunicaciones inalámbricas, y al informarles la inconformidad de la Comunidad, respondió que ésta “no ha manifestado argumentos ni razones debidamente justificadas de índole arquitectónico, médico, técnico ni jurídico, que conlleven a determinar que para este caso en particular, lo más apropiado sea que el interés general ceda al interés particular de esta Comunidad en específico”.
“El despliegue de infraestructura de telecomunicaciones hace parte del interés general  de los Colombianos, ya que permite el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones en todo el país y está íntimamente relacionado con el derecho a la educación.  Nuestros niños son el futuro de la Nación y al no estar familiarizados con las tecnologías de la información y las comunicaciones, pierden competitividad frente a los niños de las naciones que sí tienen dicho contacto. Por tanto, es un compromiso de todos, incluyendo a las comunidades, permitir que el despliegue de infraestructura sea una realidad y que esto permita a las generaciones futuras abrirse puertas tanto en mercados locales y extranjeros con altos estándares en conocimiento para que las TICS sean accesibles para todos y no un “lujo” de unos pocos”.

Marco legal
En Engativá, la Agencia Nacional del Espectro –ANE- posee tres ondas encargadas de medir los niveles de exposición a campos electromagnéticos: una en Mortiño en la carrera 112C con 71D, otra en Quirigua en la transversal 96 con 83 A y en la calle 66 con 65 A, barrio la Estrada. Según Martha Suárez, directora de la ANE, “las ondas de estos puntos arrojan un histórico de mediciones permanentes en los que consta que los niveles de exposición están muy por debajo de los límites establecidos”.
Cabe aclarar que los mencionados límites establecidos, son tomados en Colombia por recomendación de la unión internacional de las comunicaciones que se basó en estudios de la Organización Mundial de la Salud –OMS- y la comisión internacional de protección contra radiaciones no ionizantes, entidades competentes e idóneas en la materia a nivel mundial.

“La ANE en Colombia, supervisa que se cumplan los niveles de exposición establecidos, lo que se hace a través de un sistema de monitoreo permanente y disponible en línea, de acceso público en el link espectro visible de la página www.ane.gov.co”, puntualizó la directora.